Tecnología para los negocios - ¡Todo lo que necesitas saber del Kit Digital!


¡Todo lo que necesitas saber del Kit Digital!

Kit Digital: ¿Qué es y cómo solicitarlo?

Kit Digital es un programa de ayudas financiado por la Unión Europea, con fondos del programa Next Generation EU, el cual pretende conseguir la digitalización de pymes y autónomos. Este programa de ayudas se pone a disposición de pymes y autónomos a través del Gobierno de España con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Económica. El plan mencionado pretende paliar los desfavorables efectos económicos que la pandemia por Covid-19 ha causado.

¿Cuándo comienza la primera convocatoria de ayudas del Kit Digital?

Las ayudas del Kit Digital se dividen en tres segmentos. El pasado 15 de marzo dio comienzo la primera convocatoria de ayudas del Kit Digital. Esta primera convocatoria cuenta con 500 millones de euros y su finalidad es mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas. Esta primera convocatoria de ayudas del Kit Digital ha sido abierta para el Segmento I, pymes que tengan entre 10 y menos de 50 empleados. Las empresas beneficiarias en este segmento recibirán una ayuda de hasta 12.000 euros. Esta convocatoria estará abierta desde el 15 de marzo hasta el 15 de septiembre, siempre y cuando no se agoten los fondos antes. El Segmento II son empresas que se componen de entre 3 hasta 9 trabajadores, las cuales recibirán una ayuda de hasta 6.000 euros, y el Segmento III son autónomos o empresas menos de 3 trabajadores. Este último segmento recibirá una ayuda de hasta 2.000 euros.

Solicitud bono digital y resolución de preguntas frecuentes.

El bono digital se puede solicitar a través del área privada del programa Kit Digital y realizando el test de diagnóstico digital. Luego debes consultar la información disponible de las soluciones de digitalización y finalmente acceder a los trámites para solicitar tu bono Kit Digital. El solicitante de la ayuda se compromete a aportar toda la documentación referida en la convocatoria, si ésta no se presenta se dará como desistida la ayuda. Además, si la solicitud no cumple con todos los requisitos el órgano instructor se lo comunicará a la empresa beneficiaria de la ayuda y esta tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para volver a solicitarla.
Los requisitos que deben cumplir las empresas para poder acogerse a esta ayuda son: no incurrir en ninguna de las incompatibilidades de la ley de subvenciones, estar al corriente de pago en la seguridad social y en hacienda, no haber superado los mínimis, tener actividad económica y pertenecer al segmento en el que están solicitando la ayuda. Las resoluciones se notificarán a través de su publicación en la sede electrónica Red.es, la cual es accesible desde la plataforma acelera pyme y se notificará a los beneficiarios de manera individualizada por comparecencia. Lo que se debe tener claro es que estas ayudas son totalmente incompatibles con cualquier ayuda por el mismo importe para el mismo concepto o conceptos parecidos.

Sigue paso a paso para solicitar la ayuda si eres una pyme de 10 a 49 empleados:

Ya está abierta las primera convocatoria a las ayudas al KIT DIGITAL. Esta primera ronda va destinada a las empresas desde 10 trabajadores hasta 49. En el siguiente post te explicamos los pasos a seguir para realizar la solicitud:

PARA ACCEDER A LA SOLICITUD

  • PASO 2

    Accede a la convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (Entre 10 y menos de 50 empleados), dentro del Programa Kit Digital

  • PASO 3

    Accede al trámite

UNA VEZ ACCEDIDO AL TRÁMITE DE LA SOLICITUD

  • PASO 1 - Verificaciones iniciales

    En la solicitud, indica en esta pantalla la info del solicitante

  • PASO 2 - Datos complementarios

    Indica si hay autónomos colaboradores

  • PASO 3 - Autorizaciones

    Pulsa en las dos casillas para autorizar a Red.es

  • PASO 4 - Declaraciones responsables

    Hay que indicar las tres pestañas

Pestaña 1 - Declaración responsable general

Pestaña 2 - Declaración responsable medioambiental

Pestaña 3 - Declaración de cesión y tratamiento de los datos

  • PASO 5 - Datos mínimis

    Poner epígrafe de la actividad y el importe de mínimis (solo la cuantía)

  • PASO 6 - Obligaciones

    Pulsar la casilla

  • PASO 7 - Gestión de firmantes

    Ver los firmantes

  • PASO 8 - Firmar

  • PASO 9 - Presentar Una vez firmado, presentar (si no, la solicitud no se registrará)

    Una vez firmado, presentar (si no, la solicitud no se registrará)

¿Cómo se puede realizar la presentación de renuncia y desistimiento?

¿Cómo se realizará el pago de las ayudas?

¿Cuál es el plazo máximo para la presentación de la justificación?

¿Cuál es el plazo máximo para la forma de los acuerdos de prestación de soluciones de digitalización?

¿Qué repercusión tiene renunciar de la ayuda?

¿Qué ocurre si existen conflictos entre el agente digitalizador y el beneficiario?

¿Cómo se deberá formalizar la propuesta de acuerdo de prestación de soluciones de digitalización?

¿Cuáles son los requisitos que tienen que tener las empresas beneficiarias para poder acogerse a esta ayuda?

¿Puedo ser empresa beneficiaria y agente voluntario siendo la misma empresa?

¿Qué ocurre si la solicitud no cumple con todos los requisitos?

¿Son compatibles estas ayudas con otras?

¿Cuál es el importe máximo de ayudas por beneficiario?

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios de estas ayudas?

¿Cómo deben ser los ficheros adjuntos a la solicitud electrónica de justificación de la ayuda?

¿Dónde se pueden encontrar el modelo de acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización?

¿Qué ocurre si no se aporta la documentación necesaria en la presentación de las solicitudes?

¿De cuánto es el plazo para resolver y notificar la resolución de concesión?

¿Cuál es el plazo máximo para la presentación de la justificación?

¿Quién realizará la presentación de la justificación?

¿Cuándo será efectivo el derecho de cobro de la subvención concedida?

¿Cómo se notificarán las resoluciones definitivas?

¿Se puede desistir a una solicitud presentada?

¿Se puede modificar una solicitud de ayuda?

¿Cómo se realizarán las consultas de oficio que sean necesarias para su comprobación?

¿Cuál es el número máximo de las solicitudes diarias que pueden presentar un representante voluntario?

¿Puedo imprimir los formularios anexos y cumplimentarlos a mano?

¿Es necesario disponer de certificado electrónico digital?

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